miércoles, 30 de diciembre de 2015

NORMAS TÉCNICAS - Condiciones mínimas de seguridad contra incendios. (III)

- Todos los espacios no convencionales y pequeños como entretechos, depósitos debajo las gradas o cobertizos de cualquier índole, susceptibles de incendio, deberán necesariamente abatir las batientes de sus puertas hacia fuera de los mismos.

- Todo edificio multifamiliar que exceda a tres pisos y seis departamentos, debe necesariamente contar con extinguidor de espuma y una toma de salida de agua para casos de incendio, con su respectiva caja vidriada de seguridad y manguera en longitud y capacidad proporcional al área que se desee asistir, observando las normas convencionales contra incendio y las normativas municipales.

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