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miércoles, 16 de diciembre de 2015

NORMAS TÉCNICAS - Escaleras de emergencia

Se entiende por escalera de emergencia a un espacio alternativo de circulación vertical que será utilizado para toda situación crítica que exija un rápido desalojo de los residentes y usuarios de un edificio. El concepto no se limita a una previsión contra incendios y se incluye la previsión al riesgo de la presencia de gases tóxicos, destrucción de la escalera principal por atentado, accidente, falla estructural, sismos, interrupción del paso por mantenimiento y otros imprevistos.
La escalera de emergencia es un elemento arquitectónico estático, resistente al fuego, con una separación mínima de 1 metro de las paredes del edificio que permite la evacuación de peatones y mascotas sin recurso auxiliar mecánico.
- Las edificaciones con una altura inferior a 5 pisos sobre el nivel de la calle no tienen la obligatorierad de contar con una grada para emergencias.

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