domingo, 17 de marzo de 2013

ARMADURA ADHERENTE MÍNIMA - I

Es recomendable que haya una cantidad mínima de armadura adherente en los elementos en los cuales los cables son no adherentes. Se sugiere consultar la Referencia R18.9.
Para todos los elementos solicitados a flexión con cables de pretensado no adherentes, excepto para las losas macizas en dos direcciones, se debe distribuir un área mínima de armadura adherente calculada de acuerdo con la Ecuación (18-6) uniformemente en toda la zona traccionada precomprimida, tan cerca de la fibra traccionada extrema como sea posible. La Figura 26-4 ilustra la aplicación de la Ecuación (18-6).
Figura 24-5 – Armadura adherente para los elementos solicitados a flexión
Para las losas macizas se aplican los requisitos del artículo 18.9.3. Los requisitos para las áreas de momento positivo de las losas macizas se ilustran en la Figura 24-5(a), en función de la tensión de tracción en el hormigón bajo cargas de servicio.
Anteriormente el artículo 18.9.3 se aplicaba exclusivamente a las placas planas. A partir del Código ACI 318-02 se aplica también a los sistemas de losa plana en dos direcciones con ábacos.

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