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lunes, 8 de agosto de 2016

REQUISITOS DEL LUGAR DE TRABAJO - Organización de las áreas de trabajo

El empleador debe delimitar las áreas de trabajo y asignar el espacio suficiente a cada una de ellas con el fin de proveer ambientes seguros y saludables a sus trabajadores. Para tal efecto se deben considerar como mínimo las siguientes áreas:
• Área dirección y administración (oficinas).
• Área de servicios (SSHH, comedor y vestuario).
• Área de parqueo de maquinarias de construcción (en caso aplique).
• Área de almacenamiento de herramientas y equipos manuales.
• Área de almacenamiento de combustibles y lubricantes.
• Área de almacenamiento de cilindros de gas comprimido (en caso aplique).
• Área de almacenamiento de materiales comunes.
• Área de almacenamiento de materiales peligrosos.
• Área de operaciones de obra.
• Área de prefabricación y/o habilitación de materiales (en caso aplique).
• Área de acopio temporal de residuos.
• Área de guardianía.
• Vías de circulación peatonal.
• Vías de circulación de maquinarias de transporte y acarreo de materiales (en caso aplique).
Asimismo, se debe contar en cada una de las áreas, con los medios de seguridad necesarios, convenientemente distribuidos y señalizados.

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