ENSAYO DE LOS MATERIALES
Los requisitos del artículo 3.1.3 (y también del 1.3.4) exigen que el ingeniero o arquitecto responsable de la inspección mantenga registros completos de los resultados de los ensayos realizados disponibles durante la etapa constructiva. Los requisitos de 3.1.3 también exigen que el inspector conserve los registros de los ensayos de los materiales y el hormigón durante un período mínimo de dos años después de finalizado un proyecto, o durante un período aún más prolongado si así
lo establece el código de construcción legalmente adoptado. El objetivo de conservar los registros de los ensayos realizados hasta dos años después de finalizado un proyecto es asegurar que los registros estarán disponibles si surge alguna disputa o diferencia referidas a la calidad del hormigón o de los materiales utilizados, o relacionadas con cualquier violación de los
planos y la documentación técnica aprobada o del código de construcción, luego de la aceptación de la obra por parte del
propietario o de la emisión de un certificado de finalización de obra.
Este requisito existe porque los ingenieros y arquitectos habitualmente no inspeccionan hormigón, ya que para este propósito habitualmente se contrata un inspector. El término "inspector" se define en el artículo 1.3.1. En gran parte de Estados Unidos
el término "inspector" coincide con el término "inspector especial," según la definición dada en los códigos de construcción legalmente vigentes. Si no se contrata un inspector especial será necesario tomar otras medidas para asegurar la disponibilidad y conservación de los registros de los ensayos.
Los requisitos del artículo 3.1.3 (y también del 1.3.4) exigen que el ingeniero o arquitecto responsable de la inspección mantenga registros completos de los resultados de los ensayos realizados disponibles durante la etapa constructiva. Los requisitos de 3.1.3 también exigen que el inspector conserve los registros de los ensayos de los materiales y el hormigón durante un período mínimo de dos años después de finalizado un proyecto, o durante un período aún más prolongado si así
lo establece el código de construcción legalmente adoptado. El objetivo de conservar los registros de los ensayos realizados hasta dos años después de finalizado un proyecto es asegurar que los registros estarán disponibles si surge alguna disputa o diferencia referidas a la calidad del hormigón o de los materiales utilizados, o relacionadas con cualquier violación de los
planos y la documentación técnica aprobada o del código de construcción, luego de la aceptación de la obra por parte del
propietario o de la emisión de un certificado de finalización de obra.
Este requisito existe porque los ingenieros y arquitectos habitualmente no inspeccionan hormigón, ya que para este propósito habitualmente se contrata un inspector. El término "inspector" se define en el artículo 1.3.1. En gran parte de Estados Unidos
el término "inspector" coincide con el término "inspector especial," según la definición dada en los códigos de construcción legalmente vigentes. Si no se contrata un inspector especial será necesario tomar otras medidas para asegurar la disponibilidad y conservación de los registros de los ensayos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario