La elaboración de las Normas Técnicas de Vivienda, entendida como Requisitos Mínimos de Habitabilidad, se basa en la comprensión de la premisa básica que guía los conceptos definidos en la Política de Vivienda del Viceministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, que considera a la vivienda como “un bien social por excelencia” porque “define la calidad de vida de la familia”.
En este sentido, se entenderá por vivienda digna, aquella que cumpla con los requisitos mínimos de espacialidad (superficie y alturas), calidad, habitabilidad, disponibilidad de servicios básicos, resistencia estructural, estabilidad geológica, ubicación en un lugar accesible, seguro ante desastres naturales y en un medio ambiente libre de contaminación de cualquier índole, seguridad, termicidad, aislamiento y amortiguación acústica, privacidad, salubridad, legalidad y seguridad jurídica.
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