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miércoles, 2 de septiembre de 2015

De la aplicación de las normas.

Que serán aplicadas a los consultores en materia de propuestas y diseño de soluciones habitacionales, a los constructores para la estricta observación de las mismas, a los comités de calificación de propuestas en las entidades estatales, a los organismos financieros privados e internacionales en la fase de evaluación de proyectos y a los Municipios en la etapa de aprobación de planos en el marco del respeto a sus autonomías y a la capacidad de normar, regular y restringir que les otorga la Ley de Municipalidades.

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