iArtículo 26.- Compete a los Gobiernos Departamentales, Municipales y Entidades Financieras Gubernamentales y No Gubernamentales:
a. Cumplir y hacer cumplir las Normas Técnicas de Vivienda, a través de las unidades técnicas encargadas de la aprobación y ejecución de proyectos de vivienda.
b. Establecer mecanismos de control del cumplimiento de las Normas.
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