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domingo, 14 de febrero de 2016

NORMAS DE VIVIENDA PARA MINUSVALIDOS - Ascensores.

- El paso libre de puerta será como mínimo, de 0,80 m.

- Las puertas de cancela y cabina deberán ser telescópicas.
La cabina tendrá unas dimensiones mínimas en planta de 1,40 por 1,10 m; dispondrá de barandilla o pasamanos a una altura entre 0,80 y 0,90 m; dispondrá de botonera a una altura máxima de 1,20 m. y no tendrá como pavimento alfombras ni moquetas sueltas.

- La cabina y las puertas de cancela tendrán una protección de metal o de goma en zócalo de 0,40 m. de altura.

- Los mecanismos elevadores especiales para personas con movilidad reducida deberán justificar su idoneidad.

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