- Sin perjuicio al acatamiento de normas municipales más estrictas, toda unidad habitacional aislada, cualquiera fuera su área construida y las viviendas unifamiliares en propiedad horizontal con una superficie mayor a 80 m2, deberán contar con un parqueo como mínimo.
- Cuando la vivienda sobrepase la superficie de 300 m2. se deberá contar con una capacidad de parqueo para dos vehículos y un parqueo más por cada 200 m2. adicionales.
- Los estacionamientos para un solo vehículo deberán tener una longitud interior de 5 m. por un ancho de 3 m. como mínimo.
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